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Talidomida.



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Voluntad para alcanzar una meta.

Desde amplia-mente.com, tal y como venimos haciendo desde el arranque de este punto de encuentro virtual entre la Medicina en general, la Medicina Legal en particular y el devenir social en nuestro entorno; no podemos dejar de mencionar hoy la noticia médica mas consultada y difundida el día de ayer, que no es otra que la apertura en el Juzgado de Primera Instancia número 90 de Madrid , del juicio de AVITE (Asociación de Víctimas de la Talidomida en España y otras inhabilidades) contra Grünenthal (laboratorio creador de Talidomida).

A todos los médicos formados en este país, se nos ha nombrado durante el periodo de formación universitaria, la talidomida, pero no desde la asignatura de Farmacología General o Clínica, ni en la asignatura de Patología Médica. En el caso del autor de la presente entrada del blog, la primera mención, surge a las pocas semanas del inicio de la licenciatura en la asignatura de Anatomía I, que en el Área de Anatomía y Embriología Humana del Departamento de Anatomía y Medicina Legal, se iniciaba con el estudio de la embriología. Aquellos días, oía uno de tantos conceptos nuevos que iría absorbiendo durante los años, “focomelia”. Aquel nombre extraño indicaba la ausencia de elementos óseos y musculares en extremidades inferiores y/o superiores, que ocasionaba la presencia de un muñón en lugar de una o mas de una de las extremidades mencionadas. Se nos ponía como ejemplo de malformación de origen teratógeno ocasionada por un fármaco llamado Talidomida administrado a mujeres gestantes.

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Focomelia


La Talidomida, hoy día, es básicamente conocida por constituir una de las mayores catástrofes farmacéuticas de la historia contemporánea. Apareció por primera vez en 1957 con el nombre de Contergan® (En España, apareció con otros nombres comerciales, siendo el mas popular entre los facultativos el Sofrenó®). Constituyó todo un acontecimiento en la época, ya que se suponía un tranquilizante que se contraponía a los únicos de la época que eran los barbitúricos con todo el espectro de efectos adversos que éstos tenían. El problema, es que ya en diciembre de 1956, un empleado de la empresa fabricante Grünenthal, veía como nacía su hijo con graves malformaciones tras haber sido su esposa tratada durante el embarazo con un nuevo somnífero en investigación. El fármaco, se usaría en mujeres gestantes para el tratamiento de la ansiedad, el insomnio y la hiperémesis gravídica. Miles de casos de malformaciones fetales en los 48 países en los que se comercializó, y tras el trabajo del Doctor Lenz en Alemania, se decide su retirada en todo el Mundo en 1962, excepto en España que no se retiró hasta le año siguiente.

A pesar de todo, la Talidomida se sigue usando hoy día, con estrictos controles debido a su probada peligrosidad en mujeres gestantes, para el tratamiento  de una serie de cuadros en los que su propiedad de inhibición de la angiogénesis actúa inhibiendo el crecimiento de células tumorales. Hoy día es usada con éxito en el tratamiento del mieloma múltiple junto con el resto del arsenal terapéutico habitual.

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Mieloma Múltiple


Los niños nacidos en España con problemas derivados del uso de la Talidomida por sus madres por prescripción facultativa con la bendición de los organismos de control de entonces, ven como hoy, 57 años después, se inicia en España. Aquellos niños, evidentemente, han crecido, muchos de ellos han muerto. Algunos, ven como hoy el Juzgado de  Primera Instancia número 90 de Madrid, enfrenta a las víctimas del desastre con Grünenthal. Reclaman 204 millones de euros como indemnización. En  otros países donde se dieron las malformaciones, ya se celebraron los respectivos juicios y se perciben las pertinentes reparaciones económicas.

Al momento de escribir estas líneas, el juicio ya se ha iniciado

A pesar de que ahora vemos como normal el proceso judicial iniciado, no ha sido un camino fácil para las víctimas (como parece evidente por la demora de 57 años). Ha existido en España un pequeño amago de resarcimiento parcial a determinadas víctimas de la Talidomida desde las Instituciones del Estado, que se objetivó en el Real Decreto 1006/2010, de 5 de agosto, por el que se regulaba el proceso de concesión de ayudas a las personas afectadas por la Talidomida en España durante el periodo 1960 – 1965. Evidentemente, tan solo constituyó un “parche” que solo atendía a una parte de las víctimas y que llegaba en forma de ayuda (literalmente en el texto, como “reconocimiento y apoyo solidario”), pero que no administraba una verdadera Justicia sobre el asunto. No obstante, tal reconocimiento, abrió la vía legal para poder iniciar el camino que se acerca a su culminación con el juicio iniciado.

Juzguen ustedes, estimados lectores. No haremos la pregunta habitual con la que solemos cerrar nuestros artículos. El tema hoy tratado ya es una cuestión a meditar por si mismo.

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